ASPECTOS CONCEPTUALES NORMATIVOS Y METODOLÓGICOS DE LA AUDITORÍA INTEGRAL PARTE I
1. DEFINICÍON Y OBJETIVOS
Definición
Es el proceso de obtener y evaluar
objetivamente, en un período determinado, evidencia relativa a la información financiera, al comportamiento económico y al manejo de una entidad, con el
propósito de informar sobre el
grado de correspondencia entre aquéllos y
los
criterios o indicadores establecidos o los
comportamientos generalizados.
La auditoría integral
implica la ejecución de un trabajo con el
alcance o enfoque, por analogía,
de las auditorías financiera, de cumplimiento, de control
interno y de gestión, con el
propósito de:
– Determinar,
si a juicio del auditor, los
estados financieros de
la entidad se presentan de acuerdo con las normas de contabilidad de general aceptación en su país - Auditoría
Financiera.
– Determinar si la entidad ha cumplido, en el desarrollo de sus operaciones con las disposiciones
legales que
le sean aplicables, sus reglamentos, los
estatutos y las decisiones de
los órganos
de dirección y administración. - Auditoría de Cumplimiento.
– Evaluar el sistema de control interno de la entidad con el alcance necesario para dictaminar sobre
el
mismo. - Auditoría de Control Interno.
– Evaluar el grado de eficiencia y eficacia en el logro de los objetivos
previstos por la entidad y el grado de eficiencia y eficacia con que se han manejado los recursos disponibles - Auditoría de Gestión.
Cabe señalar que la
auditoría integral es un modelo de
cobertura global y por lo tanto no se trata de una
suma de auditorías; pero para fines metodológicos, el presente
libro se ha estructurado por analogía con el enfoque de las auditorías con las cuales
está familiarizado el contador
público.
Auditoría Integral
Auditoría
Financiera
Aditoría
de Cumplimiento o de Legalidad.
Auditoría de Eficiencia
Auditoría de Gestión
Auditoría de Eficacia
|
Objetivos
Auditoría de Control Interno
De acuerdo
con la definición anterior,
los objetivos de la auditoría integral practicada
por el contador público independiente son:
a) Expresar una opinión sobre si
los
estados financieros objetos
del examen, están preparados en todos
los asuntos importantes de
acuerdo con las
normas
de contabilidad y de
revelaciones que le son aplicables.
Este objetivo tiene el propósito
de proporcionar una certeza razonable
de que los estador
financieros, finales o intermedios, tomados de forma integral
están libres de manifestaciones erroneas importantes. Certeza razonable
es un término que se
refiere a la acumulación de la evidencia de la auditoría necesaria para que el auditor
concluya que no hay mnanifestaciones erroenas substanciales
en los
estados financieros tomados
en forma integral.
b) Establecer si las operaciones financieras, administrativas, económicas y de otra índole se
han realizado conforme a las normas legales,
reglamentatrias estautarias y de procedimientos que le son aplicables. El propósito de esa revisión
es proporcionar
al auditor una certeza
razonable si las operaciones de la
entidad se conducen de acuerdo con las leyes y reglamentos que las rigen.
c) Si la entidad se ha conducido de manera ordenada
en el logro de las metas y objetivos propuestos. El grado en que la administración ha cumplido adecuadamente
con las obligaciones y atribuciones que han sido asignadas
y si tales funciones se han ejecutado
de manera eficiente, efectiva y económica.
d) Evaluar el sistema global del control interno para determinar si funciona efectivamente
para la consecución de los siguientes objetivos
básicos:
Efectividad y
eficiciencia de las operaciones.
Confiabilidad en la información financiera.
Cumplimiento de
las leyes y regulaciones aplicables.
2. NORMAS DE AUDITORÍA INTEGRAL
El ejercicio
de un servicio profesional para merecer la confianza de sus usuarios
debe soprortarse en un
conjunto de elevadas normas profesionales que rigan y guien
dicho ejercicio.
Las normas de auditoría son los controles
de calidad que determinan
los requisitos profesionales que deben aplicarse en las actividades del auditor. Comprenden el conjunto de las cualidades y requisitos profesionales que debe poseer el contador público y los procedimientos técnicos
que debe observar
al realizar una auditoría
y al emitir su informe
o dictamen.
El contador
público debe de adoptar
un programa de actualización continua para asegurar
el control de calidad en el
cumplimiento de los servicios de auditoría integral, programa que debe responder
o estar acorde con los pronunciamientos internacionales y nacionales que se emitan sobre esta
auditoría.
Las normas de auditoría generalmente aceptadas
constituyen uno de los mayores logros en el ejercicio
de la contaduría pública y del
estudio de ellas se infiere que las normas de auditoría relacionadas con los principios generales y con la ejecución
del trabajo, en cierto grado y con
algunas modificaciones, pueden
aplicarse plenamente a
las diferentes clases de auditoría desarolladas por el
contador público ya
sean de naturaleza externa
o interna. A continuación se presentan las normas que, a mi
juicio, deben aplicarse a la auditoría
integral:
I. Normas básicas o principios generales de la
auditoría integral.
A. Independencia
B. Integridad
C. Objetividad
D. Competencia
profesional y debido cuidado
E. Confidencialidad
F. Conducta Profesional
G. Normas Técnicas
II. Normas para la ejecución de la auditoría
A. Planificación y supervisión
1. Plan global de
la auditoría
2. Programa de auditoría
3. Supervisión
B. Evaluación global del sistema de control interno
1. Evaluación de cada uno de sus componentes:
a) Ambiente de
control
b) Valoración de riesgos
c) Actividades de
control
d) Información y comunicación
e) Supervisión (monitoreo)
Evaluación del cumplimiento normativo
Evaluación de los sistemas de gestión
Evidencia y documentación
III. Normas relativas a los informes o comunicación
de los resultados
A. Informes intermedios
B. Informes eventuales
C. Informe final de cobertura total
3. PRINCIPIOS GENERALES DE UNA AUDITORÍA INTEGRAL
El
auditor debe desarrollar la auditoría integral
de acuerdo con las normas nacionales o internacionales que emitan los organismos que dirigen su profesión,
y cumplir los principios éticos que gobiernan las responsabilidades profesionales, los cuales son:
Independencia
La independencia supone una actitud
mental que permite al auditor actuar con libertad
respecto a su juicio
profesional, para lo cual
debe encontrarse libre de cualquier
predisposición que limite
su imparcialidad en la
consideración objetiva
de los
hechos, así como en la
formulación de sus conclusiones.
Para ser y parecer independiente, el auditor no debe tener intereses ajenos a los profesionales, ni estar sujeto a influencias
susceptibles de comprometer tanto la solución objetiva de los asuntos que le
son sometidos, como la libertad de expresar su opinión profesional.
Integridad
La integridad debe entenderse como la
rectitud intachable en el ejercicio
profesional, que le obliga a ser
honesto y sincero en la realización de su trabajo
y en la emisión de su informe. En consecuencia, todas y cada una de las funciones que realice han de estar presididas por una honradez
profesional irreprochable Objetividad
La objetividad implica el mantenimiento de una actitud imparcial
en todas las funciones del auditor. Para
ello, debe gozar de una total independencia en sus relaciones
con la entidad auditada. Debe ser justo y
no permitir ningún tipo de influencia o prejuicio.
Competencia Profesional y Debido Cuidado
El
Contador Público tiene la
obligación de mantener
su nivel de competencia a lo largo de toda su carrera profesional. Sólo deberá contratar trabajos que él o la firma de contadores a que pertenezca espere poder realizar, de acuerdo con su competencia
profesional. También tiene el
deber permanente de mantener
sus conocimientos y sus
habilidades profesionales a un nivel adecuado
para asegurar que su cliente
o su empleador reciba el beneficio de un consejo
profesional competente,
basados en los estudios
y entrenamientos adecuados.
La debida diligencia profesional impone a cada persona
que interviene en el trabajo,
la responsabilidad del cumplimiento de las normas de auditoría en la
ejecución del trabajo y en la
emisión del informe. Su
ejercicio exige, así mismo, una revisión crítica a cada nivel
de supervisión del trabajo efectuado y del juicio emitido por todos y cada uno de los profesionales
del equipo de trabajo
de auditoría. Confidencialidad
El Contador Público deberá respetar la confidencialidad
respecto a la información que allegue
en el
desarrollo de su trabajo
y no deberá revelar ninguna información a terceros sin la autorización específica,
a menos que tenga el derecho o la obligación profesional o legal
de hacerlo. También tiene la obligación
de garantizar que el personal bajo
su control respete fielmente
el principio de la confidencialidad.
El principio de confidencialidad es más amplio que la
revelación de la información; incluye el
hecho de que un contador que obtenga información en el curso
de la prestación de sus servicios, no debería usarla ni aparentar usarla para su beneficio personal o para el de terceros.
Conducta
profesional
El
Contador Público debe actuar de acuerdo con la buena reputación de la
profesión y evitar cualquier conducta que pueda desacreditarla. Esto requiere que las
agremiaciones a las cuales pertenece al desarrollar sus normas de ética tengan en cuenta las responsabilidades profesionales de los contadores públicos con sus clientes,
con terceros, con otros miembros de la
profesión contables, con el
personal de la entidad que los emplee laboralmente y
con el público en general.
Normas
Técnicas
El
auditor deberá conducir una auditoría integral de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría y demás normas técnicas
que se expidan a nivel internacional y de su país. Estas contienen principios
básicos y procedimientos esenciales junto con lineamientos relativos en forma de material
explicativo o de otro tipo.
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